viernes, 18 de noviembre de 2011

Comunicación pública de los Acuerdos del Subcomité de Competición y Disciplina Deportiva Territorial recaídos el 17-11-2011

PREFERENTE FÚTBOL SIETE - Único
Temporada: 2011-2012
JORNADA:8 (12-11-2011)

2.- Otras suspensiones
CIERCOLES ECED, JAVIER A (VERSION ORIGINAL) Se hace objeto de amonestación a este jugador por abandonar el
terreno de juego sin la pertinente autorización arbitral.
Como quiera que a este mismo jugador ya le había sido mostrada
con anterioridad en este mismo encuentro otra cartulina amarilla
(min 41) se le impone un partido de suspensión por doble
amonestación. (Artículo: 113 Sanción Económica 0.00 €)


- RESOLUCIONES ESPECIALES

VERSION ORIGINAL
Se acuerda considerar el partido VERSION ORIGINAL / BAR BOLERA GRUAS CLARIFER como suspendido con el resultado
que figuraba en el marcador, esto es, 2 goles a 1 cuando fue detenido por el colegiado por las razones expuestas en el acta
señalándose el sábado 3 de diciembre próximo para su disputa.
Las normas que deberán regir en su continuación se especificarán el la próxima reunión de este órgano de disciplina
publicándose las mismas el 24 de los corrientes.
Se requiere del colegiado que dirigió el encuentro, Patricio Cabrera, que cuantifique el tiempo perdido y que a su juicio debería
añadirse a los 3 minutos que quedaban de disputarse.

BAR BOLERA-GRUAS CLARIFER

Se acuerda considerar el partido VERSION ORIGINAL / BAR BOLERA GRUAS CLARIFER como suspendido con el resultado
que figuraba en el marcador, esto es, 2 goles a 1 cuando fue detenido por el colegiado por las razones expuestas en el acta
señalándose el sábado 3 de diciembre próximo para su disputa.
Las normas que deberán regir en su continuación se especificarán el la próxima reunión de este órgano de disciplina
publicándose las mismas el 24 de los corrientes.
Se requiere del colegiado que dirigió el encuentro, Patricio Cabrera, que cuantifique el tiempo perdido y que a su juicio debería
añadirse a los 3 minutos que quedaban de disputarse.

Contra los acuerdos que anteceden podrá interponerse recurso ante el Comité Territorial de Apelación, en el plazo
máximo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al de la notificación, con arreglo a los requisitos
reglamentariamente establecidos en el Capítulo sexto del Código Disciplinario de la RFEF.


Para ellos ni una mala señal, que arbitro más cojonudo y más cagón.
Encima a jugar el día del puente. A ver cuanta gente hay.

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